CONVOCATORIA A MEDIOS MARTES 7 de FEBRERO 10,30 hs.
“LA REFORMA CONSTITUCIONAL del art. 49 (discapacidad) y el DERECHO CIVIL VALENCIANO ante la inminente votación en el CONGRESO:
ORGANIZA: JURISTES VALENCIANS
ATENCIÓN A LOS MEDIOS
Día: martes, 7 de febrero
Hora: 10:30 h.
Lugar: Ilustre Colegio de la Abogacía de Valencia (ICAV), Plaza de Tetuán, 16, Valencia.
10.30: INICIO RUEDA DE PRENSA PARA MEDIOS ESCRITOS, GRÁFICOS y AUDIVISUALES.
Por directivos de Juristes Valencians y representantes de la sociedad civil valenciana se realizará una valoración de la tramitación de las REFORMAS CONSTITUCIONALES DEL ARTÍCULO 49 – para una correcta regulación de la discapacidad- y la enmienda para la recuperación del DERECHO CIVIL VALENCIANO.
La relevancia de la convocatoria viene determinada por el inicio del tramite parlamentario en la Comisión Constitucional, y la necesidad de que se apruebe la enmienda valenciana para disponer del autogobierno previsto en el Estatuto de Autonomía. En unos días se votará la enmienda valenciana, y se dará satisfacción o se denegará por los grupos mayoritarios del Congreso la recuperación de leyes civiles valencianas, como solicitan 541 municipios, les Corts Valencianes y la sociedad civil valenciana ( sindicatos, empresarios, universidades, asociaciones culturales, comarcales, de usuarios, vecinos, festivas, jubilados, …)
Se destacarán las actuaciones realizadas por JURISTES VALENCIANS para favorecer el apoyo de diferentes grupos parlamentarios a la reforma del artículo 49
Se anunciarán diferentes actuaciones a realizar por la sociedad civil los próximos días para influir en la tramitación de la reforma constitucional y conseguir la recuperación de una competencia legislativa, que por motivos históricos tienen otras 6 Comunidades Autónomas.
Se pondrá en valor las posibilidades que tiene recuperar la capacidad legislativa civil, al posibilitar disponer de derechos a los ciudadanos en materia de Derecho de familia ( uniones de hecho, custodia compartida, separación de bienes como régimen económico aplicable en defecto de pacto,…) y sucesorio ( posible regulación de causas de desheredación, mayor libertad de testar limitación de legítimas testamentarias en favor de herederos forzosos, mejor tratamiento sucesorio de la empresa familiar y explotaciones agrícolas, …)
Esta competencia todavía resulta aplicable a 300.000 ciudadanos que constituyeron relaciones jurídicas entre el año 2008 y el 2016 al amparo de las Leyes civiles valencianas de Régimen Económico Matrimonial, Custodia Compartida y Uniones de Hecho.