La reforma de la Constitución que piden los valencianos

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UNA COMPETENCIA PRESENTE EN OTRAS COMUNIDADES

Separación de bienes, libertad de testar… La reforma de la Constitución Española que piden los valencianos

Meritxell Batet tiene encima de la mesa desde febrero una proposición de reforma de la Constitución para que las autonomías puedan legislar en derecho civil. Aragón o Cataluña ya lo hacen.

Por Víctor Romero. 06/12/2020 (El Confidencial)

Porta de les Corts
Puerta del Palau dels Borja, sede de las Cortes Valencianas.

España comenzaba a leer titulares sobre un extraño virus que había provocado varias muertes en China y se había extendido a Italia, con algunos casos importados a la península tras el partido de Champions que jugaron el Atalanta y el Valencia CF en Milán, cuando el 28 de febrero el Boletín Oficial del Congreso de los Diputados publicó una propuesta de reforma de la Constitución Española que apenas tuvo eco en la capital del país. Si hubiera llegado de Esquerra Republicana, de Unidas Podemos o de Vox, seguramente habría consumido tinta en las rotativas y megabytes en las redacciones digitales. Pero no, la iniciativa arribó de las Cortes Valencianas, con el respaldo en el parlamento autonómico de una amplia mayoría compuesta de PSPV-PSOE, Compromís, Podemos y el Partido Popular. Solamente Ciudadanos y Vox se descolgaron del consenso transversal.

En resumen, la proposición que la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, tiene encima de la mesa desde hace casi diez meses y a la que no ha dado trámite todavía propone incluir un párrafo en la disposición adicional segunda de la Carta Magna que reconozca la capacidad legislativa en materia civil a todos aquellos territorios que tengan recogidos en sus estatutos esa competencia conforme a su derecho civil histórico o foral. Por llevarlo a asuntos prácticos: lo que pretende la Cámara valenciana es poder legislar en temas como el régimen matrimonial, la custodia de los hijos en caso de divorcios o separación o las herencias de bienes y patrimonios.

En realidad, la proposición no busca sino generalizar una competencia que ya ejercen comunidades como Aragón, Cataluña, el País Vasco o Navarra, en virtud de compilaciones aceptadas por el régimen franquista, que fueron recogidas en el Código Civil de 1974 y respetadas en la Constitución a través de su artículo 149.1.8, que establece la competencia exclusiva del Estado en materia de legislación civil, entendiéndose esta "sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las comunidades autónomas de los derechos civiles, forales o especiales, allí donde existan". Una posibilidad que el Tribunal Constitucional no ha permitido hasta ahora a la Comunidad Valenciana.

La propuesta de reforma constitucional, trabajada con una labor de hormiga en búsqueda de apoyos autonómicos y municipales (más de 500 ayuntamientos la respaldan) por la Asociación de Juristas Valencianos (AJV), tiene su origen en el varapalo que el Tribunal Constitucional dio en 2016 a varias leyes aprobadas por las Cortes durante el segundo mandato del popular Francisco Camps al amparo de la reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana de 2006, que contemplaba la recuperación del derecho civil foral.

Sobre esos cimientos se aprobaron la ley de custodia compartida, que fijaba la custodia compartida automática de hijos en separaciones o divorcios en el caso de que no hubiera un acuerdo distinto o resolución judicial; la ley de régimen económico matrimonial valenciano, con la separación de bienes por defecto en el momento del matrimonio civil, al contrario de lo que ocurre ahora, que es en gananciales; y la ley de uniones de hecho. Juristas de la asociación promotora defienden además la necesidad de poder legislar en materia de sucesiones, con el fin de ampliar la libertad de testar, superando el sistema actual de legítimas del Código Civil en vigor, para poder distinguir, por ejemplo, patrimonio empresarial y familiar y garantizar así la continuidad de las empresas familiares, claves en el tejido económico valenciano.

Batet
La presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet. (EFE)

Las sentencias del Constitucional, con el voto particular del magistrado Juan Antonio Xiol, señalaron que el Estatuto valenciano de 2006 no tiene "ninguna relevancia competencial" e interpretó que las normas autonómicas vulneraban el marco del Código Civil y la competencia el Estado para legislar en estas materias. Las leyes quedaron anuladas, pero los acuerdos civiles y los derechos adquiridos durante el tiempo en que estuvieron en vigor se mantuvieron, con el fin de evitar un aluvión de correcciones y la confusión social.

La Comunidad Valenciana legisló hasta 2016 sobre custodia compartida o separación de bienes

Precisamente el hecho de que la inmensa mayoría de estos acuerdos se haya conservado conforme a las normas civiles que fueron anuladas sin que sus protagonistas decidiesen modificarlos, es uno de los principales argumentos de los promotores de la reforma de la Constitución para recuperar la capacidad legislativa. "Los 250.000 casados entre el 1 de julio de 2008 y 31 de mayo de 2016 mantienen el régimen económico matrimonial de separación de bienes, previsto en la Ley 10/2007, de 20 de marzo; además a 15.000 parejas se les continúa aplicando la conocida como ley valenciana de custodia compartida, y más de 25.000 valencianos, que conviven como unión de hecho, mantienen efectos civiles, de los cuales carecen las nuevas uniones de hecho constituidas a partir del 15 de julio de 2016", señala la exposición de motivos de la propuesta de reforma remitida al Congreso de los Diputados.

"En el período en el que los matrimonios se regían por el régimen de separación de bienes no hubo capitulaciones para modificarlo hacia una sociedad de gananciales, en cambio, tras la vuelta a este régimen matrimonial de ganancialidad, hemos vuelto a realizar capitulaciones hacia la separación de bienes de forma constante", explica la secretaria de la AJV, Susi Boix para justificar la demanda social del cambio. Al margen de la reivindicación del derecho a legislar normas civiles desde la autonomía por la que abogan las formaciones que respaldan la iniciativa, hay una corriente de opinión entre los juristas de la AJV, que preside José Ramón Chirivella, de que el Código Civil tiene aspectos desactualizados, ajenos a la realidad social, pero en los que la falta de consenso impide su reforma. Es la opinión del exmagistrado de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, Javier Orduña, defensor también del derecho valenciano a recuperar su capacidad de legislar.

Lo que busca esta iniciativa es que se añada un segundo párrafo a la disposición adicional segunda de la Constitución que quedaría como sigue: "La competencia legislativa civil de las comunidades autónomas, asumida a sus propios estatutos conforme al artículo 149.1.8.ª de la Constitución, se extenderá a la recuperación y la actualización de su derecho privado histórico de acuerdo con los valores y los principios constitucionales".

El problema para los promotores de la reforma, considerada como menor y, por tanto que no necesitaría de un referéndum, es que el amplio consenso entre las formaciones con presencia en las Cortes Valenciana en torno a la reivindicación de poder legislar en materia de derecho civil (que no necesariamente implica consenso en los contenidos a legislar) no tiene correlación en el ámbito del Estado. Ni el PSOE ni el Partido Popular a nivel nacional se han decidido hasta ahora a poner sobre la mesa esta modificación, que llega además desde un único territorio. Ciudadanos y Vox ya se han pronunciado abiertamente contra la reforma, por considerar que quiebra la uniformidad del derecho civil en el Estado. Y sin voluntad de quienes podrían propiciar alianzas para sumar la mayoría de tres quintos necesaria para el cambio, la proposición corre riesgo de quedar sepultada 'sine die' entre legajos sobre el escritorio Meritxell Batet.

Artículo publicado en El Confidencial

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